En Sabadell, Puigverd Assessors ha aclarado recientemente aspectos fundamentales sobre la regulación del trabajo a distancia en España, subrayando la importancia de la Ley 10/2021. Esta ley contempla que el trabajo a distancia, en un periodo de referencia de tres meses, debe representar al menos el 30% de la jornada laboral, aunque los convenios o acuerdos colectivos pueden establecer un porcentaje o periodo de referencia inferior.
Es crucial diferenciar entre teletrabajo, trabajo a distancia y trabajo presencial. El trabajo a distancia es una forma de trabajo organizada desde el domicilio del trabajador o un lugar elegido por él, ya sea de forma parcial o total. El teletrabajo, una subcategoría del trabajo a distancia, se caracteriza por el uso indispensable de sistemas informáticos y de telecomunicaciones. En contraste, el trabajo presencial se realiza en el centro de trabajo designado por la empresa.
La Ley 10/2021 introduce disposiciones clave para asegurar una gestión justa del trabajo a distancia. En primer lugar, el acuerdo para trabajar de forma remota debe ser voluntario y reversible para ambas partes, y debe formalizarse por escrito antes de iniciar esta modalidad de trabajo. Los trabajadores a distancia también deben gozar de igualdad de derechos en comparación con los trabajadores presenciales, incluyendo acceso a formación y promoción profesional.
Adicionalmente, las empresas están obligadas a proporcionar los medios necesarios para la labor a distancia, cubrir los costes de estos equipos y garantizar un entorno laboral seguro. La ley también otorga el derecho a la desconexión digital, permitiendo a los empleados desconectar fuera de su horario establecido, protegiendo así su tiempo de descanso.
Además, las empresas pueden controlar el cumplimiento del trabajo utilizando medios telemáticos, siempre respetando la dignidad del trabajador. Se requiere una evaluación de riesgos laborales en la zona de trabajo del empleado, adoptando medidas adecuadas para garantizar su salud y seguridad.
Entre los derechos específicos que la ley establece para los trabajadores a distancia se encuentran la flexibilidad horaria y el derecho a la información y participación en la empresa. Asimismo, se garantiza la protección de datos personales, asegurando que la empresa cumpla con la normativa vigente.
La ley también contempla sanciones para las empresas que incumplen estas disposiciones, con multas que pueden oscilar entre 70 € y 225.018 €, dependiendo de la gravedad de la infracción. También pueden enfrentar la obligación de rectificar deficiencias y responsabilidad civil por daños o perjuicios ocasionados por estos incumplimientos.
Puigverd Assessors sostiene que la Ley 10/2021 de 9 de julio establece un marco claro y detallado para el trabajo a distancia, promoviendo condiciones equitativas y un entorno laboral más adaptable y seguro para todos los trabajadores.